No, el empleador no es responsable de la información personal encontrada en el lugar de trabajo del empleado (sobre él u otras personas) si los empleados han sido advertidos previamente sobre la supervisión de su lugar de trabajo y el propósito de la monitorización es legítimo y justificado.
El uso de herramientas de monitorización no es una violación.
Cualquier persona puede ser responsable por actividades ilegales, como el acceso no autorizado a correos personales, la divulgación de información sobre la vida personal o la violación del honor y la dignidad, pero esto no está relacionado con la legalidad del uso de sistemas de monitoreo en la organización.
Los datos personales del empleado son información que el empleador necesita en relación con las relaciones laborales y que se refiere a un empleado específico:
Sí, está obligado. Proporcionar condiciones de trabajo es una parte esencial de la relación laboral entre el empleador y el empleado.
El registro del tiempo de trabajo, la monitorización remota del estado del equipo, software y otras funcionalidades de nuestro producto permiten al empleador garantizar las condiciones de trabajo.
Sí, está prevista. Si un empleado se ocupa de asuntos personales durante el horario laboral en el lugar de trabajo, está infringiendo la disciplina laboral. Esto se menciona en las normas internas de la empresa y/o en el contrato de trabajo.
La ley contempla las siguientes medidas disciplinarias para esta conducta: advertencia, amonestación, y despido (en caso de infracciones reiteradas).
El trabajador está obligado a: